Riesgo, desamparo, guarda, tutela, EAIF, COVA
Feminización pobreza (Diana Pearce), interseccionalidad (Crenshaw), PIAM
LIEVE, CAVI, casas de acogida, articulación con LO 1/2004
Derechos, deberes, complementariedad con TS
Envejecimiento activo (OMS), soledad no deseada, LAPAD, Escala UCLA
Modelo social, CIF, EVO, accesibilidad universal, CDPCD
LISMI + LIONDAU + Ley 49/2007, cuota reserva, ajustes razonables
LO 4/2000, Ley 12/2009, Convención Ginebra 1951, OAR
ETHOS, Sam Tsemberis, modelo escalón, Housing Led, ENIPSH
| Concepto | Definición | Efecto | Competencia |
|---|---|---|---|
| Riesgo | Perjuicio al desarrollo del menor SIN alcanzar la entidad del desamparo (art. 17 LOPJM) | Intervención de apoyo, sin separación | SSAP municipales (CSS) |
| Desamparo | Incumplimiento/imposible ejercicio de deberes de protección → menor sin asistencia moral o material (art. 172 CC) | Tutela automática de la entidad pública | CM (Consejería de Familia) |
| Guarda voluntaria | Progenitores solicitan que la entidad pública asuma la guarda temporalmente | Acogimiento sin pérdida de patria potestad | CM |
Concepto acuñado por Diana Pearce (años 70 del siglo XX): mayor probabilidad de las mujeres de encontrarse en situación de pobreza. Factores estructurales: brecha salarial (~18-22% en España), trabajo de cuidados no remunerado, segregación del mercado laboral, hogares monoparentales.
| Norma | Contenido clave |
|---|---|
| LO 3/2007 (LOIEMH) | Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Principio de transversalidad (mainstreaming) de la perspectiva de género en todas las políticas públicas |
| LO 1/2004 (LOVG) | Medidas de protección integral contra la violencia de género. Red de juzgados especializados, medidas penales y de protección |
| Ley 5/2005 CM | Ley Integral contra la VG de la CM. Desarrolla la LO 1/2004 en el ámbito autonómico (→ Tema 21) |
Kimberlé Crenshaw (1989): distintos sistemas de opresión (género + etnia + clase social + edad + discapacidad) se intersecan y se potencian mutuamente. En la práctica del TS: mujeres inmigrantes en situación irregular, mujeres gitanas, mujeres mayores, mujeres con discapacidad.
Ley 5/2005, de 20 de diciembre, Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid. Complementa y desarrolla la LO 1/2004 (estatal) en el ámbito autonómico. Adaptada a las competencias de la CM.
| LO 1/2004 (estatal) | Ley 5/2005 (CM) |
|---|---|
| Tutela penal (delitos y faltas) | Prevención, asistencia, protección y coordinación autonómica |
| Órdenes de alejamiento, prohibición de comunicación | Red madrileña de recursos de atención a víctimas |
| Juzgados de violencia sobre la mujer | Sistema de coordinación interinstitucional en la CM |
| Derechos laborales y económicos de las víctimas | Programas de sensibilización y prevención en la CM |
La Ley 5/2005 tiene un ámbito más amplio que la LO 1/2004: incluye no solo la violencia de pareja/expareja, sino también otras formas de violencia contra las mujeres en el ámbito familiar (violencia de ascendientes, descendientes o hermanos).
| Recurso | Descripción |
|---|---|
| LIEVE | Línea de Emergencia para Víctimas de VG. Atención telefónica 24 horas. |
| CAVI | Centro de Atención a Víctimas de VG. Atención psicológica, jurídica y social especializada sin alojamiento. |
| Casas de acogida (1ª fase) | Alojamiento de urgencia para víctimas y sus hijos/as. |
| Pisos tutelados (2ª fase) | Alojamiento con mayor autonomía durante el proceso de recuperación. |
| Servicio de Atención a la Mujer (SAM) | Atención social y psicológica en el ámbito municipal. |
Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado. Objeto: promover y facilitar la participación solidaria de ciudadanos en voluntariado, regular derechos y deberes de voluntarios y entidades.
Voluntariado: conjunto de actividades de interés general desarrolladas por personas físicas, que NO se realizan en virtud de relación laboral, funcionarial, mercantil o retribuida (art. 3 Ley 45/2015).
Social · Internacional de cooperación · Ambiental · Cultural · Deportivo · Educativo · Socio-sanitario · Protección civil · Comunitario
La más relevante para el TS: VOLUNTARIADO SOCIAL
| Derechos | Deberes |
|---|---|
| Recibir información, orientación y formación | Actuar en consonancia con los fines de la organización |
| Ser tratado con igualdad | Respetar los derechos de los usuarios |
| Participar en el diseño de programas | Guardar confidencialidad |
| Disponer de medios necesarios | Actuar con diligencia |
| Estar asegurado frente a riesgos | Rechazar cualquier contraprestación económica |
| Obtener reconocimiento de su actividad | Comunicar la baja con antelación suficiente |
La acción voluntaria es COMPLEMENTARIA y NO sustitutiva de la atención profesional. El TS mantiene el liderazgo técnico de la intervención. El TS coordina con las organizaciones de voluntariado derivaciones y seguimiento compartido.
En 2024, mayores de 65 años superan el 20% de la población. Proyecciones INE: alcanzará el 30% en 2050. Mayor demanda de SAAD, SAD, teleasistencia, centros de día y residencias.
"Proceso de optimizar las oportunidades de salud, participación y seguridad con el fin de mejorar la calidad de vida a medida que las personas envejecen."
"Activo" ≠ solo actividad física o laboral → incluye participación social, cultural y cívica.
| Dimensión | Aspectos clave |
|---|---|
| Física | Declive funcional, enfermedades crónicas, deterioro cognitivo (demencias), reducción movilidad |
| Psicológica | Adaptación a jubilación, viudedad, pérdida de amistades; riesgo de depresión y ansiedad |
| Social | Cambio de roles, reducción de redes sociales, soledad no deseada, dependencia |
"Diversidad funcional": término propuesto en España en 2005 por el Foro de Vida Independiente, como alternativa a "discapacidad".
CIF (OMS, 2001): discapacidad = resultado de la interacción entre limitaciones funcionales de la persona y barreras del entorno. Modelo biopsicosocial.
La discapacidad NO es un atributo de la persona sino el producto de las barreras sociales, físicas y actitudinales que impiden la plena participación. El foco: transformar el entorno, no rehabilitar a la persona para que se adapte.
Base normativa: CDPCD (ONU, 2006), ratificada por España en 2008, y RDL 1/2013.
| Ámbito | Actuaciones del TS |
|---|---|
| Familiar | Apoyo al diagnóstico, información sobre derechos, prevención del síndrome del cuidador |
| Laboral | Orientación para empleo ordinario, derivación a Centros Especiales de Empleo (CEE), información sobre cuotas de reserva |
| Educativo | Coordinación con orientación educativa, apoyo en adaptaciones curriculares |
| Ocio y tiempo libre | Programas de ocio inclusivo, acceso a actividades adaptadas |
Refunde en un único texto tres leyes anteriores:
| Tipo | Definición |
|---|---|
| Directa | Trato menos favorable por razón de discapacidad |
| Indirecta | Disposición o criterio aparentemente neutro que genera desventaja particular a las personas con discapacidad |
| Ajustes razonables | Modificaciones necesarias y adecuadas que no impongan carga desproporcionada. Negarlos = discriminación. |
Empresas de 50 o más trabajadores deben reservar el 2% de los puestos a personas con discapacidad.
Centro Especial de Empleo (CEE): empresa que ofrece empleo remunerado y ajuste personal y social a personas con discapacidad. Enclaves laborales: trabajo en empresa ordinaria desde el CEE.
| Concepto | Definición | Norma |
|---|---|---|
| Refugiado/a | Fundados temores de persecución por raza, religión, nacionalidad, grupo social u opiniones políticas (y no puede/quiere acogerse a la protección de su país) | Convención Ginebra 1951 |
| Asilo | Protección dispensada a quien tiene reconocida la condición de refugiado | Ley 12/2009 |
| Protección subsidiaria | Riesgo real de daños graves si regresara, sin cumplir todos los requisitos del asilo | Ley 12/2009 |
| Apátrida | Sin nacionalidad de ningún Estado | Convenio 1954 |
Las solicitudes de asilo se presentan ante la OAR (Oficina de Asilo y Refugio) del Ministerio del Interior.
El sinhogarismo va más allá de dormir en la calle: es la ausencia de un espacio seguro, estable y propio. FEANTSA (Federación Europea de Organizaciones Nacionales que trabajan con PSH) desarrolló la tipología ETHOS.
| Categoría | Situación |
|---|---|
| Sin techo (roofless) | Duermen en la calle o espacios públicos. Situación más grave y visible. |
| Sin vivienda (houseless) | En albergues, centros de acogida u otros alojamientos temporales. |
| Vivienda insegura | Riesgo de desahucio, ocupación ilegal, convivencia forzada. |
| Vivienda inadecuada | Hacinamiento, infravivienda, condiciones que no cumplen estándares. |
>1 año durmiendo en la calle O ≥4 episodios de sinhogarismo en los últimos 3 años + al menos una enfermedad o discapacidad incapacitante (TMG, adicción severa, discapacidad grave). Representa el 15-20% del total de PSH.
| Modelo | Descripción | Crítica |
|---|---|---|
| Escalón (tradicional) | Progresión lineal: albergue → piso supervisado → piso tutelado → vivienda. Acceso condicionado a "preparación" (sobriedad, normas) | Cronifica en emergencia, ineficaz para diagnóstico dual, genera dependencia institucional |
| Housing First | Sam Tsemberis (Nueva York, años 90). La vivienda es un DERECHO, no una recompensa. Acceso inmediato y permanente SIN condicionantes previos. | — |
| Housing Led | Adaptación del HF. Admite breve período de preparación. Más frecuente en España (parque de vivienda social limitado) | — |
"La vivienda es un derecho humano básico y una condición necesaria para la recuperación, no una recompensa por esta." Acceso inmediato y permanente a vivienda independiente sin condicionantes previos de sobriedad o tratamiento.
"Situación producida a causa del incumplimiento, o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando éstos queden privados de la necesaria asistencia moral o material."
Persona que tiene fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opiniones políticas, y no puede o no quiere acogerse a la protección de su país.
✨ Material de estudio creado por: J. Cancio
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